
¡Buenooo! ¡Otra vez con al batalla de
Correos y las Aduanas! ¡Pues sí! ¡No puedo evitarlo!
:)Si no sabes de que va este asunto te pongo en antecedentes rápidamente, aunque quedas invitado a
leer toda la serie de artículos anteriores en este mismo
blog. Esta es la situación.
Haciendo memoria
Canarias pasó de ser
puerto franco o puerto libre a una cosa extraña llamada
Zona Especial Canaria donde, al menos en teoría, seguíamos teniendo las prebendas del antiguo sistema. Cosa que a la larga se ha demostrado
era falso pues ahora mismo una gran parte de nuestro sector comercial compra a representantes, distribuidores o mayoristas a Península. Bien, se supone que eso no debe ser un problema, lo mismo que si se compra a uno alemán o francés porque se nos debe de facturar, a las islas, sin
IVA. Luego, a la entrada de la mercancía, se supone que se declara, se paga el
IGIC correspondiente, un
AIEM si es de recibo y... un
despacho de aduanas.
Esto del despacho de aduanas tiene su aquel, pues es
lo que te cobra una empresa privada por gestionar ese trámite. No conozco aún a ningún pequeño comerciante -y mediano- que no esté
quemado por este asunto. Nadie se queja por pagar su
IGIC más su
AIEM, todo los empresarios que conozco, y son más de 2 y más de 3, se quejan de que el importe de despacho de aduanas es muy superior a lo que se debe de pagar en impuestos. ¡Pero muy superior! (En el caso del pequeño y mediano importador. A las grandes superficies no les afecta y les supone un incremento del coste total que resulta nimio.)
Pero, he ahí que se supone que el ciudadano tiene derecho al
autodespacho, es decir, a gestionarse él mismo su
DUA VEXCAN, como se llama ahora. Es de ley que cualquier mercancía que entre en las islas sea declarada en aduanas, y por supuesto, eso incluye a toda la que proviene del "mercado único" europeo (no sé si se entiende la ironía del entrecomillado). Una persona, un ciudadano normal (no comercio ni empresa) que compre un libro, una maqueta, un repuesto, un bolso, un reloj, una herramienta... a una tienda especializada en Berlín, Madrid, Lisboa, Londres... no debería pagar
IVA europeo y al llegar su paquete, preferentemente vía
Correos y Telégrafos de España, SA, empresa estatal, ésta le hará su declaración de aduanas, su
DUA, que puede
estar exento del pago de IGIC (aplicando los artículos 14.11 de la Ley 20/1991, 73.2 de la Ley 20/1991, 25.3 del Real Decreto 2538/1994 y el propio Reglamento de la Comunidad Económica Europea, número 918/83).
Vistos estos antecedentes, reconociendo que si haces una compra a un particular o a una tienda dentro de la Comunidad Europea, por un valor en una única factura y envío de 150 euros, quedas exento del pago de
IGIC; además, tienes el derecho al
autodespacho de los trámites aduaneros; un ciudadano cualquiera
NO tendría que pasar por la cernidera de una empresa privada
NI tendría que pagar ese despacho aduanero que, en definitiva, es el abono de un servicio determinado a una empresa privada cualquiera.
Y aquí surge el conflicto.
¿Cuál es el problema?
Te explico lo que me ha sucedido en los últimos días. Seguro que a medio camino ya te habrás perdido, pero merece la pena.
Compré a una tienda alemana, no viene a cuento cual, unas miniaturas a escala por valor de 66,80 euros que me enviaron por lo que equivaldría en aquel país al paquete azul,
SIN factura en el exterior (solicitado intencionadamente, por cierto, para ver qué ocurría). Aunque, al parecer y según me informaron hay una norma europea (¡sic!) que impide anexar facturas en el exterior de los paquetes en los envíos postales dentro de Europa. Y es que ni la España Peninsular ni Europa entienden que eso de Canarias, que está dentro, pero sin estarlo, que son ciudadanos europeos, pero sin serlo económicamente, que tienen libre circulación, pero no libre tráfico de mercancías.
En mi apartado de correos encontré, no un aviso para recoger el paquete, previo pago del despacho de aduanas que realiza Correos, como es habitual, y por el que me cobran el mínimo reglamentado, unos 6 euros -en las gestoras privadas los precios oscilan a partir de los 12 ó 18 euros, si eres amigo, en adelante, lo que ellos quieran-, sino un aviso de que
el paquete está intervenido.
VEGA, esas son las tan temidas siglas, que viene a ser algo así como el nombre del
servicio de vigilancia aduanera, pero no un tipo de impuesto ni nada parecido, lo que es la apreciación generalizada entre los ciudadanos que se han tropezado con estas siglas, aunque su significado exacto es un misterio hasta para los propios trabajadores de las oficinas de Correos.
Llamo a los teléfonos del servicio y me piden que les remita la factura para poder gestionar el
DUA. Escribo a la tienda alemana para que me la manden por correo electrónico escaneada. La recibo y...
Ni corto ni perezoso me presento hoy a primera hora de la mañana en el servicio correspondiente en la
Administración Tributaria Canaria. Me dicen que "eso" ya me lo arregla Correos. Les digo que no quiero pagar el servicio a Correos, que me lo
autodespacho. Me responden que,
bueno, vamos a ver, que eso a cambiado. Insisto y me confirman
que sí, que tengo derecho al autodespacho, pero
que hay una nueva orden (¿cuál?), e insisten en que
ahora "la cosa" es diferente (¡sic!).
Insisto y persisto hasta que me informan que debo comprar el impreso
DUA VEXCAN en la ventanilla 13... de otro edificio. ¡Ah! Pero aquí, donde gestionan el
DUA VEXCAN, no tienen el impreso
DUA VEXCAN. ¡Está bien eso! (Que diría
Chona.) Que no, que es
saliendo del edificio, a 200 metros, en...Regreso con mi
papelito, previo pago de la módica cantidad de 1,05 euros por él. Regreso a ventanilla, no hay nadie esperando, ningún otro usuario, así que como no molesto con mi
tabarra, sólo al funcionario, vengo dispuesto a que se gane su sueldo, el que sale de mis impuestos -ya puestos a hacer demagogia, los ciudadanos también sabemos-. No sabe qué hacer, llama a una
compañera.
¿¡Eso como lo has traído!? (¡Joder!) Mira, si me tratas así, me intimidas, me da la sensación de que estoy cometiendo un delito, y tú verás. Llaman a Correos a ver si no hay problemas por que yo me
autodespache el
DUA (otro ¡sic!).
¿Piden permiso a una empresa privada para poder ejercer el derecho que me da la normativa vigente? ¡Es que...! (No saben ya como justificarse y tanto el empleado de mostrador y como la versada
compañera desaparecen, me quedo solo.)
Lo llamo otra vez. La verdad es que el hombre empieza a desdibujarse entre molesto e irritado. Le informo que no hace ni tres o cuatro meses me aseguraron que si yo llevaba mi factura, ellos allí, en ese servicio, me ayudaban a gestionar mi
DUA. Las mismas excusas,
ahora hay una nueva "orden" (más ¡sic!) y, otra vez,
"la cosa" ha cambiado. Les digo que mi intención es evitar lo que yo considero, y esto es una valoración subjetiva, un
robo legalizado por parte de Correos, pues lo único que hacen es imprimir un
DUA donde se me declara exento de
IGIC. Me espetan que todo el mundo tiene que hacer la declaración de mercancía, que es una obligación de todo ciudadano. Como si las obligaciones no nacieran de las normativas vigentes, en su cumplimiento, y éstas no pudieran modificarse cuando son injustas o inaplicables.
El empleado del mostrador, del que ya empiezo a dudar de que se esté enterando de algo, me asegura que
eso es imposible -lo de la exención, tema que le saco a colación-, que todo el mundo paga impuestos a la entrada de la mercancía. Le cito el 14.11 y toda la retahíla de por qué estoy exento. No se entera, dice que
tal vez sea algo especial de Correos. ¡A los importadores, sean empresas o particulares, vía Correos, se les aplica una exención de impuesto y al resto no! ¿Pero alguien puede creerse semejante...?
No quieren ayudarme. Excusa va, excusa viene. Dicen que ellos ayudan a, por ejemplo, alguien que traiga la mercancía en mano en el avión (hiper-mega ¡sic!). Creo que quieren escurrir el bulto. De hecho, creo que
la Consejería de Hacienda quiere evitar el libre ejercicio del autodespacho -y esto es otra valoración subjetiva, no una afirmación rotunda-. Recurren a que la información necesaria para rellenar el
DUA VEXCAN sólo la tiene el "transportista" (es decir, Correos, y menos mal que es Correos porque si es
MRW u otra compañía privada cualquiera, de 30 euros es posible que no baje el puñetero despacho de aduanas de los...).
Así que, al final, con el rabo entre las piernas y no en sentido masculino, sino en el sentido de
batalla perdida, Gobierno de Canarias y Zona Especial Canaria
fail.
Sí, al final yo tenía razón. Efectivamente, yo, usuario de Correos, residente en Canarias, puedo "ejercer" mi derecho al
autodespacho. Puedo evitar que una empresa me cobre esa gestión. Pero el trámite administrativo para algo que debería ser simple y rápido, se vuelve tan enroscado, tan barroco, tan absurdo, para al final reconocer que
no tengo que pagar
IGIC, que indefectiblemente
me empujan a recurrir a una empresa privada, o en este caso, a pasar por el aro de los 6,30 euros que seguirá cobrando Correos, tan legalmente, para su bolsillo, con el beneplácito del actual sistema.
¿Y yo que pido?
Algo muy sencillo. Que me cobren
IGIC, yo pago mi 5% de lo que compre a una tienda europea, con gusto. Prefiero pagar 5 euros de una compra de 100 euros y que se vaya a las arcas autonómicas, a no tener que pagar impuestos, pero sí tener que pagar 6,30 euros -o más en otros casos- que se van al bolsillo privado de una compañía que en poco o nada parece beneficiar a las islas.
Yo pago mi
IGIC y si es necesario, por el tipo de mercancía, el 15% del
AIEM, pero a cambio quiero una gestión sencilla, simplificada, fácil de hacer, realizable directamente en la ventanilla de Correos, sin ningún cargo extra, o fácilmente realizable en la Agencia Tributaria Canaria, sin trabas, sin zancadillas, sin mentiras, sin sortilegios y artificios administrativos.
Eso, o
ser ciudadano europeo de pleno derecho (el actual sistema nos discrimina y creo que no es necesario explicar por qué nos convierte en ciudadanos de segunda categoría, en beneficio de unos pocos, en perjuicio de muchos, incluido todo el espectro del pequeño y mediano comerciante). Y eso implica pagar mi
IVA. Punto. Nada más. Lo mismo paga en gastos de envío un ciudadano de Sevilla o de Lleida o de A Coruña, que yo, que vivo en Santa Cruz de Tenerife, así que si pago el mismo
IVA a esa tienda alemana, en nada me diferencio, ni en ventaja ni en desventaja.
Pero desde luego, entre
NO tener ventajas y
NO tener desventajas, escojo la segunda opción, si me dan a elegir. ¿Tú no?
¿Y al aduanero y su despacho de aduanas? Pues mira, tú qué crees...
(Viñeta superior del maestro Forges. Puedes consultar su obra en forges.com.)